Artículo 26. Formación del personal al servicio del sector público autonómico en materia demográfica.
Artículo 26 de la Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia. · BOE-A-2021-5136
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-10.
Texto consolidado
La Administración autonómica impulsará la formación del personal del sector público autonómico en materia demográfica, considerándola un contenido transversal de cara a su promoción profesional. A estos efectos, los órganos y las entidades del sector público autonómico con competencia en materia de formación de dicho personal elaborarán programas de formación específicos.