Artículo 26. La colaboración con la Administración del Estado y con las Comunidades Autónomas.
Artículo 26 de la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de Cooperación al Desarrollo. · BOE-A-2002-2512
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-31.
Texto consolidado
1. La Administración de la Generalidad participa en la Comisión Interterritorial de Cooperación al Desarrollo, creada por el artículo 23 de la Ley del Estado 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
2. La Administración de la Generalidad vela especialmente por la coordinación con la Administración del Estado e impulsa las fórmulas pertinentes de colaboración, cooperación e información mutua para llevar a cabo programas y proyectos de interés común en el ámbito de la cooperación al desarrollo.
3. La Administración de la Generalidad impulsa también la colaboración y la cooperación con las otras Comunidades Autónomas para llevar a cabo programas y proyectos de interés común en este ámbito.