Artículo 26. Deducción por creación de empleo.
Artículo 26 de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas. · BOE-A-1990-30735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-12-20.
Texto consolidado
La deducción por creación de empleo prevista en el artículo 26 de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre, será de aplicación, además de en los supuestos y con los requisitos establecidos para cada ejercicio económico, a la admisión definitiva, una vez superado el período de prueba, de nuevos socios en las Cooperativas de Trabajo Asociado o, en general, de socios de trabajo en cualquier cooperativa.