Artículo 26. Organizaciones sindicales y empresariales.
Artículo 26 de la Ley 2/2022, de 23 de febrero, de igualdad, reconocimiento a la identidad y expresión de género y derechos de las personas trans y sus familiares en la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2022-3601
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-25.
Texto consolidado
1. El Gobierno de La Rioja impulsará, a través de los y las agentes sociales, la inclusión en los convenios colectivos de cláusulas de prevención, eliminación y corrección de toda forma de discriminación por causa de identidad o expresión de género o diversidad sexual.
2. La Administración autonómica instará, en el ámbito de sus competencias, a las organizaciones sindicales y empresariales presentes en el diálogo social a que impulsen medidas inclusivas, informen sobre la normativa y traten de manera específica la discriminación múltiple de este colectivo.
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