Artículo 26. El principio de igualdad entre mujeres y hombres en las políticas de cooperación para el desarrollo.
Artículo 26 de la Ley 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género. · BOE-A-2011-7887
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-07.
Texto consolidado
1. Las políticas, planes y estrategias de la cooperación asturiana para el desarrollo integrarán el principio de igualdad entre mujeres y hombres, siendo ésta además una prioridad transversal y sectorial de dichas actuaciones.
2. Se elaborará una estrategia sectorial para la incorporación del enfoque de género en las políticas de cooperación para el desarrollo del Principado de Asturias, que será evaluada cada cuatro años.