Artículo 26. Junta Arbitral del Transporte del Principado de Asturias.
Artículo 26 de la Ley 12/2018, de 23 de noviembre, de Transportes y Movilidad Sostenible. · BOE-A-2019-465
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-24.
Texto consolidado
1. La Junta Arbitral del Transporte del Principado de Asturias es un instrumento de protección y defensa de las partes intervinientes en el contrato de transporte, que pueden acudir a ella, como cualquier otra persona que ostente interés legítimo, para la resolución de las controversias, dudas u otras cuestiones que surjan en su cumplimiento.
2. Está adscrita a la Consejería competente en materia de transportes del Principado de Asturias, la cual velará por una adecuada difusión de las competencias de la Junta Arbitral entre todas las partes implicadas, transportistas, cargadores y usuarios, y promoverá su utilización preferente en la resolución de conflictos.
3. La composición, procedimientos, competencias y funciones se determinarán reglamentariamente por las disposiciones complementarias de desarrollo, con sujeción a la normativa estatal en las materias de su competencia.