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Ley Derogada

Artículo 26. Composición y funcionamiento

Artículo 26 de la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario. · BOE-A-2014-7286

Atención: Ley 12/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La composición, y el funcionamiento del Consejo Agroalimentario del Estado se determinará reglamentariamente asegurando en su composición la inclusión de las organizaciones y asociaciones más representativas de los sectores de la producción y las cooperativas, la industria y los trabajadores del sector agroalimentario, la distribución y los consumidores. También formarán parte del Consejo representantes de los departamentos ministeriales con competencias en aspectos relacionados con la cadena alimentaria.

El funcionamiento del Consejo no supondrá incremento del gasto público y será atendido con los medios materiales y de personal existentes en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-30.

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