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Ley Derogada

Artículo 26. Gastos electorales.

Artículo 26 de la Ley 1/1996, de 27 de junio, de Cámaras Agrarias de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1996-19263

Atención: Ley 1/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Decreto de convocatoria de elecciones a Cámaras Agrarias fijará los gastos del proceso electoral y su financiación, así como sus mecanismos de control.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-06-29.

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