Artículo 26.8-1 Hecho imponible.
Artículo 26.8-1 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación de las solicitudes de aprobación de los planes de trabajo con riesgo de amianto.