El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 259.

Artículo 259 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia. · BOE-A-1997-21040

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-06.

Texto consolidado

Ninguna Entidad Local de Galicia podrá utilizar escudo heráldico o bandera que no fuese aprobado por el Consejo de la Junta de Galicia, sin perjuicio de aquellos que fueron aprobados por la Administración del Estado con anterioridad a la transferencia de competencias en esta materia en favor de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-11-06.

Más artículos de Ley 5/1997

En El Vínculo puedes leer Ley 5/1997 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.