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Real Decreto Vigente

Artículo 251. Legalización de libros.

Artículo 251 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil. · BOE-A-1996-17533

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-01.

Texto consolidado

El libro registro de socios y el libro que contenga la relación de las garantías otorgadas por la sociedad deberán presentarse en el Registro Mercantil para su legalización, que se practicará en los términos establecidos por este Reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-08-01.

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