Artículo 25. Sanciones.
Artículo 25 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos. · BOE-A-2017-12841
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-20.
Texto consolidado
1. Las infracciones de las condiciones establecidas en este real decreto serán sancionadas de acuerdo con lo dispuesto en el título V de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, o con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre, según corresponda.
2. La incoación de los expedientes sancionadores podrá acordarse como consecuencia de las actuaciones de supervisión y control llevadas a cabo por los órganos competentes de las comunidades autónomas, de acuerdo con el artículo 22.
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