Artículo 25. Vicesecretaría General.
Artículo 25 del Real Decreto 531/2023, de 20 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas. · BOE-A-2023-14685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-11.
Texto consolidado
La persona titular de la Vicesecretaría General suplirá a la persona titular de la Secretaría del Consejo General en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.