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Real Decreto Vigente

Artículo 25. El Administrador general.

Artículo 25 del Real Decreto 1162/2002, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros de Construcción y Electricidad. · BOE-A-2002-22542

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-21.

Texto consolidado

El Administrador general tendrá la responsabilidad de gestionar los asuntos en materia contable, laboral, jurídica y fiscal. Ordenará los pagos conjuntamente con el Vocal Tesorero. Será nombrado por la Junta de Gobierno del COICE, pudiendo recaer tal cargo en alguno de los miembros de dicha Junta, siempre que no se trate del Decano o del Secretario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-11-21.

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