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Ley Vigente

Artículo 25. Delegación de funciones.

Artículo 25 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros. · BOE-A-2003-21619

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-03.

Texto consolidado

La atribución relativa a la aprobación de convenios podrá ser delegada, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno en los Consejeros competentes en razón de la materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-12-03.

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