Artículo 25. Ayudas públicas.
Artículo 25 de la Ley 7/2023, de 20 de abril, de igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja. · BOE-A-2023-11337
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-26.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja incorporará a las bases reguladoras de las subvenciones públicas la valoración de actuaciones dirigidas a la efectiva consecución de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres por parte de las entidades solicitantes. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 37.1.i) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las bases reguladoras de las subvenciones deberán incluir como causa de reintegro de las cantidades percibidas incurrir en prácticas discriminatorias por razón de género en la ejecución de la actividad, sancionadas por resolución administrativa o sentencia judicial firme.