Artículo 25.
Artículo 25 de la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras. · BOE-A-2001-428
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-25.
Texto consolidado
1. Los acuerdos de las Comisiones Locales de Pastos serán recurribles en alzada en el plazo de un mes ante la Comisión Provincial de Pastos, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.
2. Los acuerdos de la Comisión Provincial de Pastos y del Delegado provincial serán recurribles en alzada en el plazo de un mes ante el Consejero con competencia en materia de agricultura y ganadería, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.