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Ley Vigente

Artículo 25. De la forma de suministrar información.

Artículo 25 de la Ley 12/1995, de 21 de abril, de Estadística de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-17370

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-03.

Texto consolidado

Toda persona física o jurídica pública o privada que suministre información en el ámbito de las actividades reguladas por la presente Ley, deberá contestar de forma veraz y completa, ajustarse el plazo de respuesta y respetar las demás circunstancias que figuren en las normas reguladoras de la actividad estadística de que se trate.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-05-03.

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