Artículo 25.
Artículo 25 de la Ley 10/1990, de 27 de agosto, de Protección y Defensa de los Animales de Compañía. · BOE-A-1991-3333
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-09-29.
Texto consolidado
La imposición de cualquier sanción, prevista por la presente Ley, no excluye la responsabilidad civil y la eventual indemnización de daños y perjuicios que puedan corresponder al sancionado.