Artículo 25. Campaña electoral, duración y campaña institucional.
Artículo 25 de la Ley 1/2022, de 11 de mayo, de Elecciones al Parlamento de Canarias. · BOE-A-2022-10043
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-24.
Texto consolidado
1. Se entiende por campaña electoral al conjunto de actividades lícitas llevadas a cabo por los partidos, federaciones, coaliciones, agrupaciones electorales o las personas que se presenten como candidatas en orden a la captación de sufragios.
2. La campaña electoral tendrá una duración de quince días y terminará, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior al de la votación.
3. El Gobierno de Canarias podrá realizar, durante el periodo electoral, una campaña de carácter institucional destinada a informar a la ciudadanía sobre la fecha de la votación, el procedimiento para votar y los requisitos y trámite del voto por correo, sin influir, en ningún caso, en la orientación del voto del electorado.