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Ley Vigente

Artículo 25. Campaña electoral, duración y campaña institucional.

Artículo 25 de la Ley 1/2022, de 11 de mayo, de Elecciones al Parlamento de Canarias. · BOE-A-2022-10043

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-24.

Texto consolidado

1. Se entiende por campaña electoral al conjunto de actividades lícitas llevadas a cabo por los partidos, federaciones, coaliciones, agrupaciones electorales o las personas que se presenten como candidatas en orden a la captación de sufragios.

2. La campaña electoral tendrá una duración de quince días y terminará, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior al de la votación.

3. El Gobierno de Canarias podrá realizar, durante el periodo electoral, una campaña de carácter institucional destinada a informar a la ciudadanía sobre la fecha de la votación, el procedimiento para votar y los requisitos y trámite del voto por correo, sin influir, en ningún caso, en la orientación del voto del electorado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-05-24.

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