Artículo 25. Régimen sancionador.
Artículo 25 del Decreto-ley 23/2020, de 15 de septiembre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia educativa y de apoyo al sector de la acuicultura de Andalucía, ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19). · BOJA-b-2020-90380
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-09-16.
Texto consolidado
1. Las infracciones administrativas cometidas en relación con estas ayudas se sancionarán conforme a lo establecido en el artículo 129 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
2. El órgano competente para iniciar el procedimiento sancionador es la persona titular de la Dirección General competente en materia de Pesca, que actuará por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de Pesca y que se encargará, además, de su resolución, siendo el Servicio de Estructuras Pesqueras y Acuícolas de este centro directivo el órgano competente para su instrucción.
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