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Ley Vigente

Artículo 245. Registro de Montes Protectores.

Artículo 245 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. · BOE-A-2015-4102

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.

Texto consolidado

Se crea el Registro de Montes Protectores de Extremadura, dependiente de la Dirección General competente en materia de montes y aprovechamientos forestales, en el que se incluirán todos los montes que hayan merecido tal clasificación, así como las modificaciones y desclasificaciones de los mismos. El contenido del registro y los procedimientos de inclusión, desclasificación y modificación se regularán reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-26.

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