Artículo 24. Modificación de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Artículo 24 del Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. · BOE-A-2026-20265
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-10-01.
Texto consolidado
La disposición adicional quincuagésima cuarta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, queda redactada como sigue:
«Disposición adicional quincuagésima cuarta. Dotación de los fondos de fomento a la inversión española con interés español en el exterior.
Uno. La dotación del Fondo para Inversiones en el Exterior se establece en 100.000 miles de euros en el año. El Comité Ejecutivo del Fondo para Inversiones en el Exterior podrá aprobar durante el ejercicio en curso operaciones por un importe total máximo equivalente a 500.000 miles de euros.
Dos. La dotación del Fondo de Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa se establece en 10.000 miles de euros en el año 2023. El Comité Ejecutivo del Fondo de Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa podrá aprobar durante el ejercicio en curso operaciones por un importe total máximo equivalente a 35.000 miles de euros.»
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