Artículo 24. Convenios de colaboración con entidades de caución.
Artículo 24 del Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias. · BOE-A-2001-11052
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-10.
Texto consolidado
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá suscribir Convenios con la Sociedad Estatal de Caución Agraria (SAECA) y otras entidades de caución, con el fin de facilitar a los beneficiarios de las ayudas los avales necesarios para su acceso a los préstamos acogidos a los Convenios indicados en el artículo anterior.