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Real Decreto Derogada

Artículo 24. Buques de la lista cuarta.

Artículo 24 del Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca. · BOE-A-2009-16144

Atención: Real Decreto 1549/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las autorizaciones de modernización y equipamiento de los buques de la lista cuarta del Registro de Buques y Empresas Navieras, no requerirán la aportación de bajas equivalentes en arqueo o potencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-10-11.

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