Artículo 24. Incompatibilidades.
Artículo 24 del Real Decreto 1247/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba la transformación de la sociedad mercantil estatal SEPI Desarrollo Empresarial, SA, S.M.E., en la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial, y se aprueba su Estatuto. · BOE-A-2024-25790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-12.
Texto consolidado
1. El personal de la Entidad estará sujeto al régimen de incompatibilidad establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
2. El personal que tuviera la condición de alto cargo a los efectos de lo dispuesto en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio de alto cargo de la Administración General del Estado y sus disposiciones de desarrollo, estará sometido al régimen de incompatibilidades y conflicto de intereses establecido en dicha normativa. A tal efecto, quien ostente la Presidencia de SEPIDES E.P.E. tendrá la consideración de alto cargo.
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