Artículo 25. Régimen retributivo de máximos responsables y directivos.
Artículo 25 del Real Decreto 1247/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba la transformación de la sociedad mercantil estatal SEPI Desarrollo Empresarial, SA, S.M.E., en la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial, y se aprueba su Estatuto. · BOE-A-2024-25790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-12.
Texto consolidado
1. El régimen retributivo de los máximos responsables y directivos de la Entidad quedará sujeto a lo dispuesto en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables del sector público empresarial y otras entidades.
2. En función del grupo de clasificación de SEPIDES E.P.E. y las retribuciones complementarias, se determinan por quien ejerza el control o supervisión financiera de la Entidad. En ningún caso, la retribución podrá exceder lo previsto en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, y su normativa de desarrollo, ni los incrementos máximos anuales previstos por las sucesivas leyes de presupuestos generales del Estado.
Más artículos de Real Decreto 1247/2024
- ← Artículo 24. Incompatibilidades.
- → Artículo 26. Recursos de la entidad.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1247/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba la transformación de la sociedad mercantil estatal SEPI Desarrollo Empresarial, SA, S.M.E., en la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial, y se aprueba su Estatuto.