El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 24. Requisitos de laboratorios que evalúen productos no clasificados.

Artículo 24 de la Orden PRE/2740/2007, de 19 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información. · BOE-A-2007-16830

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-26.

Texto consolidado

Los laboratorios, tanto de titularidad pública como privada, que evalúen productos no clasificados, cumplirán con los requisitos de gestión de la seguridad, aplicables a la información de las evaluaciones, establecidos en esta Sección.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-09-26.

Más artículos de Orden PRE/2740/2007

En El Vínculo puedes leer Orden PRE/2740/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.