Artículo 24. Vacantes generadas en el proceso de asignación de destinos.
Artículo 24 de la Orden INT/359/2018, de 6 de abril, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil. · BOE-A-2018-4747
Atención: Orden INT/359/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las vacantes generadas por los propios movimientos de asignación de destinos de provisión por antigüedad, podrán ser ofertadas en la forma que se determine en la resolución de anuncio. Para ello, el Director General de la Guardia Civil establecerá el procedimiento para diferenciar las que se oferten de este tipo, con respecto a las que se anuncien con carácter general.
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