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Orden Derogada

Artículo 25. Asignación de puestos de trabajo catalogados para determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas.

Artículo 25 de la Orden INT/359/2018, de 6 de abril, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil. · BOE-A-2018-4747

Atención: Orden INT/359/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los puestos de trabajo catalogados para determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas, únicamente podrán ser asignados, u ocupados temporalmente, por personal así declarado de acuerdo con su normativa específica.

2. El personal declarado apto para el servicio mediante el oportuno expediente de determinación de condiciones psicofísicas, cesará en su puesto de trabajo clasificado para determinado personal apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas, si tuviera uno asignado.

3. El personal cesado conforme a lo dispuesto en el apartado precedente podrá ser asignado de nuevo al destino que ocupaba con anterioridad a la declaración de la limitación incompatible, siempre y cuando no haya transcurrido más de cuatro años desde el cese en ese destino y continúe reuniendo los requisitos para su asignación y permanencia. Todo ello sin perjuicio del nombramiento de las comisiones de servicio a las que hubiera lugar hasta una asignación definitiva de puesto orgánico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-04-08.

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