Artículo 24. Convocatorias.
Artículo 24 de la Orden de 18 de febrero de 1970 por la que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos · BOE-A-1970-263
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-03-27.
Texto consolidado
Las convocatorias para las reuniones de la Junta Directiva del Colegio se harán por escrito firmado por el Secretario por orden del Decano-Presidente, con diez días de antelación, por lo menos, e irán acompañadas del orden del día correspondiente.
No podrá ser tratado asunto alguno que no figure consignado en dicho orden del día, salvo que surgiera otro de extraordinaria urgencia e interés de la mayoría de los asistentes.