Artículo 24.
Artículo 24 de la Ley 6/1990, de 11 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Región de Murcia. · BOE-A-1990-16904
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-05-23.
Texto consolidado
La salida de su sede de los documentos conservados en archivos en el Sistema de Archivos de la Región de Murcia, aunque fuere temporal, deberá ser autorizada por la Consejería de Cultura, Educación y Turismo.
En los archivos de titularidad estatal se estará a lo que al respecto señale la legislación del Estado sobre los fondos de que éste sea titular y a lo convenido sobre los demás fondos depositados en aquéllos.