Artículo 25.
Artículo 25 de la Ley 6/1990, de 11 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Región de Murcia. · BOE-A-1990-16904
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-05-23.
Texto consolidado
Los documentos incluidos en el artículo 2.º de la presente Ley no podrán ser enajenados, sometidos a traba o embargo ni adquiridos por prescripción.