Artículo 24. Régimen legal.
Artículo 24 de la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2018-3361
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-24.
Texto consolidado
El sistema electoral de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura se regirá por lo previsto en la legislación básica estatal, en la presente ley y en su normativa de desarrollo.
Con carácter supletorio, y en lo que resulte de aplicación, se estará a lo dispuesto en el régimen electoral general contenido en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.