Artículo 24. Naturaleza y adscripción.
Artículo 24 de la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario. · BOE-A-2014-7286
Atención: Ley 12/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se crea el Consejo Agroalimentario del Estado como órgano colegiado de carácter consultivo, con la finalidad de asesorar a la Administración General del Estado en los aspectos relacionados con la política agraria y alimentaria.
2. El Consejo estará adscrito al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de su titular, como órgano consultivo y de participación de las asociaciones y organizaciones representativas de los diferentes operadores de la cadena alimentaria.