Artículo 23. Gradación de las sanciones.
Artículo 23 de la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario. · BOE-A-2014-7286
Atención: Ley 12/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Dentro de los límites establecidos en los artículos anteriores, las sanciones se impondrán atendiendo a la intensidad del daño o perjuicio causado, a la negligencia e intencionalidad del sujeto infractor y al beneficio económico obtenido por aquél.
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