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Ley Vigente

Artículo 24. Placa.

Artículo 24 de la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2006-1246

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-20.

Texto consolidado

En el acceso a los locales comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley y en lugar visible y legible desde el exterior deberá exhibirse una placa normalizada, en la que se harán constar los datos esenciales de la licencia, el horario de apertura y cierre del local, autorización de vela­dores o terrazas, los niveles de presión sonora en decibe­lios, así como el aforo máximo permitido, en la forma en que reglamentariamente se determine.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-20.

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