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Ley Vigente

Artículo 24. Requisitos específicos del tramo de inserción.

Artículo 24 de la Ley 10/2013, de 27 de noviembre, de inclusión social de Galicia. · BOE-A-2014-884

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

Texto consolidado

1. Para poder acceder al tramo de inserción de la renta de inclusión social de Galicia deberán reunirse los requisitos generales de acceso a la renta de inclusión social conforme al artículo 12 y siguientes de esta ley, así como las condiciones para incorporarse a un itinerario de formación-empleo según el informe de los servicios sociales y el diagnóstico de empleabilidad. Será necesario suscribir un convenio de inclusión sociolaboral con compromiso de actividad, que deberá reunir los requisitos y características expresados en el artículo 56 de esta ley.

2. A tales efectos los servicios sociales comunitarios remitirán la información pertinente al personal técnico de orientación laboral del servicio público de empleo, que, en su caso, podrá solicitar información complementaria a las entidades de iniciativa social que hayan colaborado en cada caso concreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

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