Artículo 24. Derechos de los inspeccionados.
Artículo 24 de la Ley 1/1999, de 17 de marzo, del Estatuto de los Productores e Industriales Agroalimentarios de las Illes Balears. · BOE-A-1999-8272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-25.
Texto consolidado
Los inspeccionados tienen derecho a poder recurrir de forma eventual a un contraperitaje de las pruebas o muestras tomadas en la inspección.