Artículo 23. Régimen sancionador.
Artículo 23 del Real Decreto 950/2026, de 4 de noviembre, por el que se establecen criterios para el fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros de titularidad pública y en centros para personas en situación de dependencia o personas con necesidades especiales de titularidad privada. · BOE-A-2026-23265
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2027-11-06.
Texto consolidado
El incumplimiento de lo establecido en los artículos 5.5, 18.1 y 18.2, así como el incumplimiento por las entidades privadas de las condiciones y criterios establecidos en los artículos 4.1, 5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 6, 7.2, 8.1, 8.3, 8.4, 10 y 11 de esta norma dará lugar a la incoación de expediente sancionador por parte de la administración competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.d) de la Ley 17/2011, de 5 de julio.
Más artículos de Real Decreto 950/2026
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- Ver la norma completa: Real Decreto 950/2026, de 4 de noviembre, por el que se establecen criterios para el fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros de titularidad pública y en centros para personas en situación de dependencia o personas con necesidades especiales de titularidad privada.