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Real Decreto Vigente

Artículo 23. Solicitud de notificación.

Artículo 23 del Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión. · BOE-A-2015-9527

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-07-19.

Texto consolidado

1. Los organismos de control y entidades independientes presentarán una solicitud de notificación al órgano competente de la Comunidad Autónoma donde se haya habilitado según lo establecido en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

2. A dicha solicitud se acompañará la siguiente documentación: una descripción de sus actividades, del módulo o módulos de evaluación de la conformidad y del equipo a presión para el que se considere competente, así como, copia del correspondiente certificado de acreditación expedido por el Organismo Nacional de Acreditación (ENAC) y de la documentación acreditativa de disponer de un seguro, aval u otra garantía financiera equivalente que cubra su responsabilidad civil, según lo establecido en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. La Comunidad Autónoma procederá, a inscribir dicho organismo de control en el Registro Integrado Industrial.

3. Las Comunidades Autónomas comunicarán, si procede, al Ministerio de Industria, Energía y Turismo esta solicitud, junto con los documentos descritos en el párrafo anterior para su posterior notificación a la Comisión Europea y a los demás Estados miembros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-07-19.

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