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Real Decreto Vigente

Artículo 23. Criterios de implantación del SET en España y coordinación con la Comisión Europea.

Artículo 23 del Real Decreto 183/2022, de 8 de marzo, por el que se regula la interoperabilidad de los sistemas de telepeaje en las carreteras españolas. · BOE-A-2022-3675

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-10.

Texto consolidado

Corresponde a la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana la definición de los criterios para la adopción de aquellas medidas que aseguren la aceptación del SET en todas las carreteras españolas, de conformidad con cuanto dispone este real decreto, así como la coordinación con la Comisión Europea en todas las cuestiones relacionadas con él, sin perjuicio de las actuaciones que puedan corresponder a otros órganos de la Administración General del Estado y de otras administraciones públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-10.

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