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Real Decreto Vigente

Artículo 23. Vicisitudes técnicas.

Artículo 23 del Real Decreto 1029/2025, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles y por el que se modifica el Real Decreto 765/2022, de 20 de septiembre, por el que se regula el uso de aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM). · BOE-A-2025-22950

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-05-13.

Texto consolidado

Las vicisitudes técnicas que impliquen cambio en el modelo de la aeronave, o en el peso máximo al despegue, y le sean comunicadas al Registro por la unidad correspondiente de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, se harán constar mediante la correspondiente anotación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-05-13.

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