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Orden Vigente

Artículo 23. Período del despacho.

Artículo 23 de la Orden de 18 de enero de 2000 por la que se aprueba el Reglamento sobre Despacho de Buques. · BOE-A-2000-2108

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-02-03.

Texto consolidado

Las embarcaciones sujetas a esta Sección serán despachadas por un plazo como máximo igual al de vigencia de sus certificados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-02-03.

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