Artículo 23. Extinción de la declaración.
Artículo 23 de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra. · BOE-A-2005-20981
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-02-25.
Texto consolidado
La declaración de un bien como Bien de Interés Cultural, Bien Inventariado o de Relevancia Local podrá ser dejada sin efecto, de forma total o parcial, por los mismos trámites seguidos para su declaración.