Artículo 23. Incompatibilidades.
Artículo 23 de la Ley 7/2021, de 17 de febrero, de museos y otros centros museísticos de Galicia. · BOE-A-2021-5138
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-17.
Texto consolidado
La realización de actividades comerciales relativas a bienes culturales, así como la participación o desempeño de empleo en sociedades o entidades con fines de lucro dedicadas a las mismas actividades comerciales por parte del personal al servicio de los centros museísticos de titularidad pública, por sí mismos o por medio de terceros, estará sometida en todo caso al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, o norma que la sustituya.