El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 23. No discriminación en el trabajo.

Artículo 23 de la Ley 2/2022, de 23 de febrero, de igualdad, reconocimiento a la identidad y expresión de género y derechos de las personas trans y sus familiares en la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2022-3601

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-25.

Texto consolidado

1. No puede aplicarse discriminación laboral de ningún tipo, ni de trato ni de remuneración, ni ser causa de despido o cese el hecho de ser una persona trans, estar realizando un proceso de reasignación de sexo o querer realizarlo, ni el hecho de poseer o manifestar la propia identidad de género, conforme a la legislación laboral estatal.

2. Se velará por el respeto del derecho de igualdad de trato en el acceso y promoción en el empleo, de conformidad con la legislación estatal competente en esta materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-02-25.

Más artículos de Ley 2/2022

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2022 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.