Artículo 23. Coordinación de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor.
Artículo 23 de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía. · BOE-A-2004-884
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-29.
Texto consolidado
La Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de protección a los consumidores, coordinará la labor de las Oficinas de Información al Consumidor de titularidad pública y podrá prestar a las mismas el apoyo técnico y económico necesario para su implantación y funcionamiento, en los términos que reglamentariamente se determine.