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Ley Vigente

Artículo 23. Ejecución.

Artículo 23 de la Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista y Plan de Equipamientos Comerciales de la Región de Murcia. · BOE-A-2007-9420

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-03.

Texto consolidado

El Plan de Equipamientos Comerciales debe ejecutarse mediante:

a) La aprobación y revisión de los instrumentos de planeamiento urbanístico: planes generales, normas subsidiarias, planes parciales, planes especiales, programas de actuación urbanística o figuras que los sustituyan.

b) El otorgamiento de las licencias comerciales, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-03.

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