Artículo 229. Sujeto pasivo.
Artículo 229 del Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2004-90019
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-02-04.
Texto consolidado
Son sujetos pasivos obligados al pago de la tasa los titulares de presas, embalses y balsas que deban ser objeto de inscripción en el Registro aragonés de seguridad de presas, embalses y balsas y soliciten su clasificación y/o aprobación del plan de emergencia, con carácter previo a la inscripción de la infraestructura en el Registro.